El Tribunal Superior de Xusticia d’Asturies da la razón al Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA) que recurrió la actualización del permiso de funcionamiento de Soto Ribera por vulnerar, entre otras normas, la Directiva de Emisiones Industriales
La sentencia, que sin embargo hace caso omiso de las otras dos alegaciones presentadas por IIDAMA, obliga al Gobiernu d’Asturies a modificar la actualización de la autorización ambiental integrada (AAI) de Soto Ribera, otorgada en 2015, para incluir los valores límite de emisión -más restrictivos- que recoge la actual Directiva de Emisiones Industriales (DEI). En cumplimiento de esta sentencia, la autorización deberá ser revisada y en caso de que la central no se ajuste a un nivel de emisiones aceptable, les será retirado el permiso de funcionamiento.
La central térmica de Soto Ribera, que vierte sus aguas residuales al río Nalón, está ubicada en una zona natural catalogada como de especial conservación, incluida en la Red Natura 2000, por lo que IIDMA también solicitó al TSXA que se incluyerán en el permiso de funcionamiento de la térmica medidas orientadas a evitar el deterioro de los hábitats, ya que la contaminación producida por esta central repercute directamente en especies como el salmón. El Instituto recurrirá la sentencia al ser desestimada esta parte de la demanda, en la que se exige que se cumpla la Directiva de Hábitats y la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
IIDMA también aportó pruebas sobre los elevados índices de mercurio en los suelos de los alrededores de la central de Soto Ribera,por lo que solicitaba al TSXA que obligara al Gobierno de Asturies a incluir valores límites de emisión para este contaminante en la actualización del permiso de Soto de Ribera, algo que el Tribunal ha desestimado. Las emisiones de partículas de mercurio generan enfermedades respiratorias, cardiovasculares y neurológicas.
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