Durante años la iglesia católica ha registrado a su nombre bienes de toda índole, la mayoría públicos y de enorme trascendencia patrimonial
El Grupo de Inmatriculaciones en Asturies, acaba de presentar en el Registro de la Xunta Xeneral del “Principado” la petición, encaminada a la Comisión de Peticiones y Derechos fundamentales, para que se recolecte del Decanato de los Registros de la Propiedad, el listado de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica en el país.
Antes de que esta vía fuera declarada nula por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dos artículos –el 206 de la Ley Hipotecaria y el 304 del Reglamento Hipotecario- permitieron a la iglesia inmatricular miles de bienes, la gran mayoría de naturaleza presuntamente pública y de extraordinaria importancia patrimonial. El primero equiparaba a la Iglesia Católica con una Administración Pública, con permiso para acceder al Registro de la Propiedad y el segundo concedía a los diocesanos funciones notariales, de tal manera que un obispo podía certificarse a sí mismo la titularidad de un inmueble no inscrito.
La solicitud de este listado tiene el propósito de poder contrastar su titularidad y actuar en su contra en los casos en que se pueda demostrar que es pública.
Llucía F. Marqués
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