Esta clase de créditos, cuyo atractivo reside en permitir a los consumidores disponer de dinero de forma inmediata y a devolver a plazos, han llevado a la insolvencia a miles de asturianos que, como en el caso citado, no son capaces de saldar sus deudas ante el elevado nivel de intereses pactado
El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Mieres ha declarado nulo un contrato de crédito revolving que un vecino de la localidad mierense adquirió en 2014 con la entidad Wizink “por el carácter usurario del interés remuneratorio”.
Como explican desde la plataforma Recupera Revolving, encargada de la defensa, el interés contractual se situaba en un 27,4% TAE. Sin embargo, los datos del Banco de España indican que “el interés medio en los créditos revolving ya es de por sí muy elevado, en torno al 20%, por lo que nuestro representado no solo estaba pagando de más, sino que veía como su deuda pendiente nunca disminuía”.
Esta clase de créditos, cuyo atractivo reside en permitir a los consumidores disponer de dinero de forma inmediata y a devolver a plazos, han llevado a la insolvencia a miles de asturianos que, como en el caso citado, no son capaces de saldar sus deudas ante el elevado nivel de intereses pactado.
Desde la plataforma Recupera Revolving, que defiende a los usuarios de esta clase de créditos frente a los bancos y financieras emisoras, animan a que los afectados reclamen. “Lo cierto es que las reclamaciones han aumentado desde que el Tribunal Supremo dictase en marzo de 2020 que los créditos revolving con intereses notablemente superiores al 20%, la gran mayoría, son usurarios y por tanto nulos. Con este respaldo, los consumidores se están animando a reclamar. El pronóstico es incluso mejor para los próximos meses después de que el Tribunal de Justicia Europeo haya mostrado su apoyo a esta doctrina.”.
Esta obra está licenciada bajo una Licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.