La sentencia se refiere a los trabajadores eventuales quese vieron obligados a permanecer en sus hogares durante el permiso retribuido recuperable que impuso el Gobierno durante el confinamiento y declara «nula la decisión de exigir a los trabajadores eventuales la devolución de los permisos retribuidos recuperables»
La empresa avilesina de montaje exigió a los trabajadores la devolución de los importes recibidos durante el permiso retribuido recuperable impuesto por el Gobierno durante el confinamiento, en el periodo entre e 30 de marzo y el 11 de abril del 2020,decisión que el Tribunal Supremo de Justicia de Asturies ha declarado nula, restaurando así el trato desigual producido con los trabajadores fijos, y declarando la nulidad de los descuentos practicados por ese motivo a los trabajadores temporales al finalizar sus contratos, con obligación de la empresa de adoptar las medidas necesarias para su efectividad y la devolución a los trabajadores afectados por este conflicto de las cantidades indebidamente descontadas por el referido concepto.
La medida aplicada por Daorje no solo es ilegal, sino que perjudicaba específicamente a los trabajadores y trabajadoras eventuales, que siempre son los más vulnerables y que en este caso recibieron su liquidación de salario con una merma sustancial de 500, 600 e incluso 800 euros, que ahora les serán devueltos.
Nuria Prendes
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